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Limitaciones para la movilidad transfronteriza.

Restricciones:

Para Nacionales:

No hay restricciones para nacionales.

Se autoriza el ingreso a nacionales y personas extranjeras residentes que estén cursando la enfermedad, cumpliendo determinadas exigencias. Decreto Nº 7/022.

Para Personas Extranjeras, de acuerdo a lo establecido en Decreto N° 55/023 emitido con fecha 16 de febrero 2023, se derogan todas las disposiciones sanitarias que establecen exigencias de ingreso al territorio nacional. Ya no se solicitarán ni los certificados de vacunación, ni la presentación de resultados de testeo a los viajeros, cualesquiera que sea su edad o nacionalidad.

Tampoco se debe contar con cobertura de salud o seguro médico, desde junio el 2023. Para más información, consultar el siguiente enlace. 

(Información provisoria a la espera de la confirmación del Estado)

 

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Fuente de la información
Presidencia de la República Oriental del Uruguay.
País
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Enviado por mcoitinho@iom.int el