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Acceso a los servicios de salud

Toda persona tiene el derecho al libre acceso a prestaciones de salud según la Ley General de Salud (Art. 1). Las personas migrantes sin importar su situación migratoria pueden acceder a atención médica en establecimientos públicos y privados. Las personas que no cuentan con un seguro de salud deberán asumir el costo de sus atenciones en el establecimiento de salud de su preferencia.

Para orientaciones médicas en general y también vinculadas al coronavirus, se ha puesto a disposición para todas las personas la Línea gratuita 113 desde cualquier operador de telefonía fija o móvil las 24 horas de los 365 días del año. Marque Opción 2: si desea información sobre COVID-19 o reportar casos sospechosos.

Las personas que no cuenten con otro seguro de salud y estén en condiciones de pobreza, pobreza extrema o sean madres gestantes, niñas y niños menores de 5 años, bomberos, entre otros, podrán afiliarse al Seguro Integral de Salud - SIS Gratuito para lo cual se requiere DNI o Carné de Extranjería vigente, estar registrado en el Padrón General de Hogares debiendo contar con la clasificación socioeconómica correspondiente o documento que pruebe alguna de las condiciones. Para más información sobre afiliación consulte en: https://www.gob.pe/133-afiliarte-al-sis-gratuito-afiliacion-al-sis-gratuito 

En caso de personas en situación de calle que no fueron acreditadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como los peruanos no residentes, extranjeros, y otros, que se encuentren en territorio nacional, que no cuenten con un seguro de salud, y que fallezcan con diagnóstico o sospecha de coronavirus COVID-19, el SIS financiará los gastos de servicios funerarios de cremación o inhumación.

 

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Fuente de la información
Ministerio de la Salud
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Enviado por kchavez@iom.int el